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16/2/16

REGLAMENTO PARA REGULAR LA SANA CONVIVENCIA APODERADOS 2016

Reglamento sobre normas para regular la sana convivencia escolar para padres y apoderados (as) del establecimiento.


I.             Derechos y deberes de los Padres y Apoderados

1. Ser atendido por el personal directivo, docente y administrativo del colegio, en los horarios establecidos para ello, que se comunicarán oportunamente, no se atenderá a apoderados y padres fuera de estos horarios.

2.  Ser asesorado por el Profesor Jefe o de Asignatura si lo requiere, sobre el apoyo académico más adecuado para su hijo (a).

3.  Ser informado permanentemente del comportamiento y rendimiento de su pupilo (a), al igual que los controles y pruebas de las diferentes asignaturas.

4. Obtener entrevista, ante cualquier problema que surja con su hijo (a), siguiendo el conducto regular: con el Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, y Rectora, si fuese necesario.

5. Recibir periódicamente un informe de rendimiento y comportamiento de su pupilo (a).

6. Asistir y participar en todas las reuniones y charlas de tipo informativo respecto al perfil psicológico, académico y evolutivo de los  alumnos (a), que se imparten durante el año escolar para los apoderados.

7. Estar informado y adherir a la misión y filosofía del Colegio.

8. Mantener una comunicación con el Colegio, a través de las siguientes instancias: School Notebook, circulares, correo electrónico y/o entrevistas personales.

9. Los apoderados deben revisar y firmar diariamente el School Notebook.

10.  Contribuir al diálogo constructivo, tanto en la relación directa o en comunicaciones, con el personal del colegio.

11. En sus relaciones y trato con la Dirección, con Gerencia y/o todo miembro de la comunidad, será obligación del padre o apoderado dirigirse en todo momento con el respeto debido, guardando además el comportamiento y actitudes pertinentes en ese buen trato. Por consiguiente, el Colegio exige, bajo toda circunstancia, el buen trato verbal y físico, el uso de lenguaje respetuoso y actitudes corteses, de parte de los padres y apoderadas. El mismo derecho tendrán los apoderados respecto del profesorado, personal directivo y administrativo del Colegio.

12.  Velar por la asistencia, puntualidad y presentación correcta de su pupilo (a) en la jornada escolar y en las siguientes actividades obligatorias: compromisos deportivos, desfiles, actividades extracurriculares, tarde deportiva, exámenes externos, etc.

13. Asistir y participar en las actividades del colegio (reuniones, entrega de notas, entrevistas y actividades programadas). En caso de inasistencia a dos reuniones consecutivas, la Dirección, a través del Profesor Jefe, citará al Apoderado. La comunicación entre el hogar y el Colegio es de vital importancia para cada alumno.

14. Retirar oportunamente a su pupilo (a) al término de la jornada. Únicamente el Apoderado, o la persona debidamente designada por él, están autorizados para retirar a su pupilo (a) del Colegio durante las horas de clases, y en casos muy justificados, siempre que no interfiera en algún proceso evaluativo.

15. Abstenerse de ingresar a las salas de clases de los alumnos (a) durante toda la jornada escolar.

16. Evitar organizar otros períodos de vacaciones, que no sean los aprobados por el Ministerio de Educación.

17. Evitar fijar hora de consulta médica y dental de su pupilo (a) en horario de clases del Colegio.

18. Presentar Certificado Médico cuando la situación lo amerite o justificar en forma escrita o personal toda inasistencia o atraso de su pupilo (a) en la jornada correspondiente.

19. Comunicar oportunamente al colegio cualquier problema de salud o de otra naturaleza, que impida que su hijo (a) pueda realizar alguna actividad deportiva o extracurricular, acompañando para ello el certificado médico correspondiente.

20. Se compromete a realizar los exámenes médicos necesarios con la frecuencia o periodicidad adecuada, para tender a minimizar los riesgos en las actividades deportivas o de otra naturaleza en el colegio.

21. Se compromete a aceptar y colaborar con los requerimientos  del establecimiento para contribuir a las necesidades formativas que presente el alumno (a), como atención especializada interna o externa, solicitud de documentos u otros, si fuese necesario y requerido por el Colegio.

22. Proporcionar a su pupilo (a), durante todo el año escolar, el material requerido por el profesorado para cada asignatura.

23.  Realizar oportunamente los pagos exigidos por el Colegio.

24. Responsabilizarse porque su pupilo (a) no haga uso  de equipos electrónicos, de audio y teléfonos celulares de cuya pérdida o daño el colegio no se hace responsable.

25. Indemnizar todo daño material que voluntaria o involuntariamente cause el alumno (a).

26. Concurrir a Recepción, donde deberá manifestar la causa o motivo de su presencia dentro del recinto educacional, para no interrumpir a los alumnos (a) durante la jornada de clases.




II. De las sanciones.

27. El incumplimiento por parte de los padres y apoderados de alguna de las normas contenidas en las cláusulas que anteceden, dará derecho al Colegio para suspender o cancelar definitivamente, de forma inmediata, la matrícula de el o los hijos (as) o de él o los alumnos, o bien la no renovación para el siguiente año escolar.


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